Tipos de Anulación: Falta o Defecto de Forma
La Iglesia Católica tiene una preocupación muy genuina y pastoral por sus miembros y su crecimiento en santidad. Para ello es esencial su vida sacramental en la Iglesia. En consecuencia, la Iglesia quiere participar en la preparación y celebración del Sacramento del Santo Matrimonio.
La Iglesia requiere que una parte católica se case ante un sacerdote o diácono debidamente autorizado en presencia de dos testigos. Esto se llama la forma canónica de un matrimonio. Si un católico se casa ante un juez de paz, un juez civil o un ministro de otra iglesia cristiana, entonces el matrimonio no se considera válido a los ojos de la Iglesia. Esto se llama falta de forma. El obispo puede conceder una dispensa del requisito de forma canónica, pero debe hacerse antes de la boda.
Tenga en cuenta que el sacerdote o diácono también debe estar «debidamente autorizado.»Esto significa que el ministro debe haber recibido la delegación apropiada (en términos generales, «permiso») para servir como testigo de un matrimonio. La delegación suele ser dada por el párroco de la parroquia donde se casan las partes. Un celebrante visitante debe obtener la delegación adecuada, o el matrimonio no es válido. Si un sacerdote o diácono no tenía la delegación apropiada antes de presenciar una boda, entonces se considera un defecto de forma, que invalida el matrimonio (¡y sí, esto sucede!).