Microstamping y Balística en California

Última actualización El 14 de octubre de 2020

Microstamping
En 2007, California se convirtió en la primera jurisdicción de la nación en promulgar legislación que requiere que los fabricantes de armas de fuego incorporen tecnología de microstamping para resolver delitos en al menos algunas armas de fuego. La tecnología de microestampado hace que un arma de fuego grabe un código microscópico único en las cajas de cartuchos de municiones cuando se dispara el arma que identifica la marca, el modelo y el número de serie del arma de fuego. Esta tecnología podría permitir a las fuerzas del orden hacer coincidir los cartuchos encontrados en la escena del crimen directamente con el arma que los disparó, de manera similar a la forma en que se puede usar la matrícula de un automóvil para identificar la marca, el modelo, el número de matrícula y el propietario registrado de un vehículo.

Firmada por el entonces gobernador Schwarzenegger, la Ley de Identificación de Armas Criminales de California de 2007 requiere que todos los modelos de pistolas semiautomáticas recién desarrollados fabricados para la venta en el estado estén diseñados y equipados con tecnología de microestampado. Bajo esta ley, California generalmente requiere que los modelos de pistolas semiautomáticas recién desarrollados incorporen un mecanismo de microestampado en al menos dos lugares en el interior del arma de fuego.1 (El Departamento de Justicia de California también puede aprobar un método alternativo de igual o mayor fiabilidad y eficacia para identificar el número de serie específico de un arma de fuego a partir de casquillos de cartucho usados descargados por esa arma de fuego).2

La Ley de Identificación de Armas Delictivas declaró que su requisito entraría en vigor tan pronto como el Departamento de Justicia del estado certificara que la tecnología de microestampado estaba disponible para más de un fabricante de armas sin restricciones de patentes.3 El Departamento de Justicia emitió esa certificación en mayo de 2013.4 Sin embargo, dado que este requisito solo se aplica a los nuevos modelos de pistolas semiautomáticas, la industria de las armas ha obstruido efectivamente esta ley (así como otros requisitos de seguridad de diseño bajo la ley de California) simplemente negándose a desarrollar nuevos modelos de pistolas para la venta en California. En cambio, la industria ha tratado de socavar las normas de seguridad pública del estado a través de litigios en tribunales estatales y federales, mientras simplemente continúa vendiendo nuevas manufacturas de modelos de armas de fuego más antiguos y menos seguros.

En 2020, California aprobó una nueva legislación para abordar esta obstrucción y garantizar que más pistolas certificadas para la venta y fabricación en el estado estén equipadas con características básicas de seguridad para el consumidor que salvan vidas, así como un mecanismo de microestampado.5 A partir del 1 de julio de 2022, esta ley ordenará al Departamento de Justicia eliminar tres modelos de pistolas semiautomáticas más antiguos y menos seguros de su lista de pistolas certificadas para la venta en California para cada nuevo modelo de microestampado certificado. Esta nueva ley, lenta pero segura, ayudará a garantizar que las pistolas más disponibles comercialmente cumplan plenamente con las leyes modernas de seguridad de armas de California con el tiempo. Además, el proyecto de ley facilitará el cumplimiento de la industria de armas de fuego al exigir que los nuevos modelos de pistolas semiautomáticas microestampen las cajas de cartuchos de municiones desde un solo lugar en el interior del arma de fuego, en lugar de dos lugares, como lo requiere la ley existente.6

Para obtener más información sobre la ley de California que exige que los modelos de armas de fuego cumplan con las normas básicas de seguridad para el consumidor, consulte la sección Normas de Seguridad de diseño en California.

Identificación balística
En 2007, California adoptó una ley, a partir del 1 de enero de 2009, que autoriza a las agencias policiales locales a ingresar muestras representativas de balas disparadas y cartuchos recolectados en la escena del crimen, de pruebas de fuego de armas de fuego recuperadas en la escena del crimen, y otra información de armas de fuego necesaria para investigar delitos en la Red Nacional Integrada de Información Balística («NIBIN») del Departamento de Justicia de los Estados Unidos.7 La ley también requiere que el Departamento de JUSTICIA de California desarrolle un protocolo para que las agencias policiales envíen esta información a NIBIN.8

Vea nuestro resumen de la política de balística de Microstamping & para una discusión completa de este problema.

  1. Cal. Código Penal § 31910 (b).
  2. Cal. Código Penal § 31910 (b) (7) (B).
  3. Cal. Código Penal, § 31910 b) 7) A), 32000.
  4. Véase Cal. Dept. de Justicia, Oficina de Armas de Fuego, Certificación de la Oficina de Tecnología de Microestampado de Armas de Fuego de conformidad con la sección 31910 del Código Penal, subdivisión (b)(7)(A) (17 de mayo de 2013), en http://oag.ca.gov/sites/all/files/agweb/pdfs/firearms/infobuls/2013-BOF-03.pdf.
  5. Véase 2020 AB 2847.
  6. Cal. Código Penal § 31910 (b) (7) (a partir del 1 de julio de 2022).
  7. Cal. Código Penal § 11108.10 (a).
  8. Cal. Código Penal § 11108.10 (b). Además, en 2000, California adoptó una ley que requería que el Fiscal General llevara a cabo un estudio para evaluar la viabilidad y los beneficios potenciales de un sistema de identificación balística a nivel estatal. Cal. Código Penal § 34350. En el informe del Fiscal General, dado a conocer al público en enero de 2003, se afirmaba que los sistemas automatizados de huellas dactilares balísticas ya estaban ayudando a los expertos forenses a utilizar bases de datos relativamente pequeñas para comparar los casos de cartuchos recuperados en el lugar del delito, y se señalaba que la ampliación de esas bases de datos para incluir cientos de miles de armas de fuego de nueva fabricación podría ser un instrumento vital para resolver la delincuencia. Departamento de Justicia de California, Factibilidad de un Sistema de Identificación Balística de California (enero de 2003), disponible en: http://oag.ca.gov/sites/all/files/pdfs/firearms/pdf/03-013_report.pdf.

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