Por Matthew R. Souther
Fields v. Yusuf
En términos generales, un médico no es responsable de las acciones negligentes de los empleados y el personal del hospital que no están empleados por el médico. Sin embargo, hay dos casos clave en los que un médico puede ser considerado responsable de las acciones negligentes de un no empleado: 1) cuando el médico descubre la negligencia de un no empleado durante el curso de la atención ordinaria y no corrige o previene de otro modo los efectos nocivos del acto negligente; y 2) cuando el no empleado está bajo la supervisión y el control del médico, de modo que existe una relación de «amo y sirviente».
En las últimas décadas, la viabilidad de esta doctrina de «capitán del barco» ha disminuido, por varias razones. La corte en el caso Truhitte c. Hospital Francés, 1982 128 Cal.App.3d 332, 348, explicó «que la doctrina del capitán del barco surgió de la necesidad de asegurar a los demandantes una fuente de recuperación por negligencia en un momento en que muchos hospitales disfrutaban de inmunidad caritativa, lo que ya no es el caso», y también señaló que otras jurisdicciones se estaban alejando de una aplicación estricta de la doctrina. El tribunal de Truhitte también declaró que » la teoría de que el cirujano controla todas las actividades de cualquier naturaleza en la sala de operaciones no es realista en la atención médica actual, donde los hospitales de hoy contratan, despiden, entrenan y supervisan a sus empleados de enfermería, implementan protocolos de cirugía y pueden absorber los riesgos de incumplimiento.»El efecto de tales decisiones fue que los médicos tenían menos probabilidades de ser considerados responsables por la negligencia de los empleados y el personal del hospital. En California, ese ya no es el caso.
La Corte de Apelaciones de California Habla
A finales de 2006, la Corte de Apelaciones de California (Segundo Circuito, División 2) revisó Fields v.Yusuf (2006), 144 Cal.App.4th 1381. En ese caso, una paciente se presentó al hospital para el manejo del dolor después de sufrir lesiones por una caída. Los estudios revelaron que las arterias en la pierna derecha de los campos demandantes estaban completamente bloqueadas debido a una enfermedad vascular avanzada. El Dr. Yusuf realizó una cirugía de injerto de derivación arterial para colocar un nuevo vaso sanguíneo en la pierna derecha de Fields, insertando esponjas para absorber y detener el flujo de sangre. Las notas postoperatorias muestran que se realizaron dos recuentos de esponjas y que los recuentos fueron correctos.
Al día siguiente, el Dr. Yusuf realizó una segunda cirugía para extirpar un coágulo de sangre que se había desarrollado en el injerto. Fue asistido en esta cirugía por una enfermera registrada y un técnico de limpieza. El Dr. Yusuf había trabajado con ambos asistentes durante varios años. Durante la segunda cirugía, el Dr. Yusuf volvió a insertar esponjas para absorber y detener el flujo de sangre. Las notas postoperatorias indican que solo hubo un recuento de esponjas durante esta cirugía, y que el Dr. Yusuf fue informado de que el recuento era correcto. Desafortunadamente, se dejó una esponja en la pierna de Fields durante esta cirugía. Siguieron varias complicaciones, que resultaron en la pérdida de la pierna de Fields. Fields presentó una queja por negligencia contra el hospital y el Dr. Yusuf.
En el ensayo, el testimonio de expertos estableció que el Dr. Yusuf y las enfermeras de quirófano compartían una «responsabilidad conjunta» para garantizar un recuento correcto de esponjas. El testimonio de expertos estableció además que el cirujano, el Dr. Yusuf, tenía la responsabilidad última de garantizar que los recuentos de esponjas fueran precisos. Dr. El experto de Yusuf declaró que estaba dentro del estándar de atención para el Dr. Yusuf confiar en el recuento de esponjas de las enfermeras cuando el recuento se informó como correcto y no se observaron cuerpos extraños en el campo de operaciones. Declaró que el número de recuentos de esponjas y la manera en que se realizaban eran responsabilidad de las enfermeras y no del médico. Esto fue establecido por las propias políticas y procedimientos del hospital. Fields solicitó que el tribunal de primera instancia instruyera al jurado sobre la doctrina del «capitán del barco», entre otras instrucciones. El tribunal se negó. En última instancia, el jurado determinó que el Dr. Yusuf no había sido negligente, y el tribunal de primera instancia dictó sentencia a su favor. A continuación se hizo este llamamiento. El Tribunal de Apelación llegó a la conclusión de que era razonablemente probable que el jurado hubiera llegado a un resultado diferente si se le hubiera instruido adecuadamente sobre la doctrina del «capitán del buque». La decisión de la corte le ha dado a la doctrina que antes estaba enferma un nuevo juego de velas.
Lo que significa para los litigantes de California
¿Cuál es el impacto de esta decisión? Para empezar, si un cirujano simplemente tiene la autoridad para ordenar a una enfermera que realice un procedimiento, el cirujano, no el hospital, puede ser considerado responsable de la negligencia de la enfermera. Esto dará a los hospitales menos incentivos para resolver los casos relacionados con la conducta negligente de sus enfermeras y personal. En otras palabras, este caso es la «carga madre» para los hospitales. ¿Por qué resolver un caso cuando se puede transferir toda la responsabilidad al cirujano? Desafortunadamente, esto conducirá a más «señalar con el dedo» entre los codefensores. Una defensa unificada puede convertirse en una reliquia del pasado en casos con coacusados en hospitales. Alternativamente, es menos probable que el colegio de abogados del demandante nombre a los hospitales como demandados. ¿Por qué nombrar a un hospital como acusado cuando la responsabilidad simplemente puede pasar al cirujano?
Conclusión
En última instancia, el caso Yusuf, aunque produce una opinión interesante, va en contra de una larga serie de principios y decisiones legales muy sólidos y bien razonados. Será revocada? Sólo el tiempo lo dirá. Estén atentos.
Este artículo apareció en la edición de junio de 2007 de la Ley de Negligencia médica & Strategy ®
Matthew R. Souther es socio de Neil Dymott. Sus áreas de práctica incluyen defensa por negligencia médica y litigios civiles generales. Se puede contactar con el Sr. Souther al (619) 238 1 1712 o [email protected]
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